lunes, 23 de marzo de 2015

TERCERA ACTIVIDAD


PARTE 1
Estado: Forma de organización social soberana que tiene el poder administrativo y de regulación sobre un determinado territorio. Estado no es lo mismo que gobierno, que es una parte constitutiva del mismo, ni tampoco que nación, ya que pueden existir naciones sin Estado o varias naciones agrupadas bajo una misma unidad estatal.
Nación: Grupo de personas que comparten un vínculo lingüístico, religioso, étnico y, sobre todo, cultural. 
Estado de Derecho: Aquel en el cual las autoridades que lo gobiernan, se encuentran, aceptan y respetan el derecho vigente, es decir, en un estado de derecho, toda acción de parte de la sociedad y del estado está sometida y sustentada por normas jurídicas, las cuales, contribuirán para que el desarrollo y crecimiento del estado en cuestión, dentro de un marco de absoluta paz y armonía. Esto además significa que a instancias de un estado de derecho el poder del estado se encuentra limitado por el derecho.
Estado de Bienestar: forma de gobierno en la cual el Estado, tal como lo dice su nombre, se hace cargo de los servicios y derechos de una gran parte de la población considerada humilde o empobrecida. El Estado de Bienestar es un fenómeno muy reciente que tuvo mucho impulso en diferentes partes del mundo en el siglo XX debido a las distintas crisis económicas, guerras y conflictos de diverso tipo que significaron consecuencias muy duras y difíciles de sortear para gran parte de las poblaciones occidentales.
PARTE 2

Los Derechos humanos como los conocemos actualmente, tienen su origen en la cultura occidental moderna a finales del siglo XVIII, momento en el que se produjeron declaraciones de derechos en dos lugares muy precisos del mundo: en la colonia inglesa de América, que muy pronto se convertiría en un país independiente, los Estados Unidos, (la declaración de Independencia de los Estados Unidos contenía derechos tales como igualdad de todos los hombres, separación de poderes, poder al pueblo y a sus representantes, libertad de prensa, poder militar subordinado al civil, derecho a la justicia o libertad de culto religioso…, algunos de ellos como los actuales Derechos Humanos); y en el Reino de Francia, que se encontraba a punto de transformarse en República, tras la revolución que acabó con el régimen monárquico (la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano fue realizada en plena Revolución Francesa, de tal forma que el comienzo de su artículo primero es desde entonces un punto de referencia para el inicio de toda declaración relativa a los Derechos Humanos: Los hombres nacen y permanecen libres e iguales en derechos).

Los Derechos Humanos son definidos como aquellos derechos que reconocen las libertades básicas y fundamentales inherentes a la persona por su condición de ser humano y que resultan imprescindibles para garantizarle una vida digna. Permiten crear una relación integrada entre la persona y la sociedad, y no hay distinciones para ningún tipo de persona ya sea su raza, superioridad de casta, pueblo, grupo o clase social determinados.
Los Derechos Humanos son:
-          Universales, son para todos los seres humanos. Los encargados de que estos derechos se cumplan son los Estados.
-          Exigibles, normas jurídicas que cada estado debe observar, por esto, ante la violación de alguno de estos derechos corresponde su exigibilidad. Los Estados deben reconocer, respetar, tutelar y promocionar los Derechos Humanos.

PARTE 3
Ciudadanía: conjunto de derechos y deberes por los cuales el ciudadano, el individuo está sujeto en su relación con la sociedad en que vive. El término ciudadanía proviene del latín "civitas", que significa ciudad. Por tanto, ciudadanía es la condición que se otorga al ciudadano de ser miembro de una comunidad organizada.

Este concepto de ciudadanía está ligado al Derecho, sobre todo en lo que se refiere a los derechos políticos, sin los cuales el individuo no puede intervenir en los asuntos del Estado, y que permite la participación directa o indirecta del individuo en el gobierno y en la consecuente administración a través del voto directo para elegir o para competir por cargos públicos de forma indirecta. La ciudadanía implica derechos y deberes que deben ser cumplidos por el ciudadano, sabiendo que aquellos serán responsables por la vivencia del individuo en la sociedad.
Ciudadanía liberal
El modelo liberal de ciudadanía, hegemónico durante décadas, se caracteriza por defender los siguientes puntos principales:
 a) Libertad: el liberalismo entiende la libertad como la no interferencia del
b) Uso instrumental de la moral pública: la moral se reserva para el ámbito privado, quedando reducida la moral pública a la esfera que establece la legalidad.
c) El individualismo es el elemento más importante de la ciudadanía liberal. Sobre todo por su reacción contra el despotismo del Antiguo Régimen, el liberalismo ha privilegiado fuertemente los derechos individuales y su esfera de acción.
d) Participación política: el liberalismo, sobre todo aquella interpretación más vinculada con el capitalismo industrial, basa la relación del individuo con la política a partir de la lógica del beneficio particular.
 e) Neutralidad del Estado: como se ha dicho, el Estado debe quedar al margen de las morales comprehensivas y de la concepciones particulares del bien, y por tanto no debe posicionarse o intervenir abiertamente en cuestiones éticas
Ciudadanía Republicana
Este modelo ha ido adquiriendo más relevancia debido a algunos problemas del modelo liberal, en la segunda mitad del siglo XX. De todas formas, aunque se plantee como una alternativa al citado liberalismo, no pocos autores consideran que es inevitable un acuerdo entre una y otra opción, un modelo mixto. Enlaza con el republicanismo clásico, aunque ha sabido adaptar en muchas ocasiones sus tesis a la modernidad. Sus autores más representativos son Habermas, Hannah Arendt, J.G.A. Pocock, Quentin Skinner o Philip Pettit. 
-Idea de libertad
- Igualdad
- Justicia
- Ciudadanía deliberativa y activa
 -La educación del ciudadano


Ciudadanía comunitarista
 El comunitarismo, como su propio nombre indica, privilegia la comunidad al individuo, poniendo por delante los vínculos de adhesión grupal con respecto a la libertad individual, y quedando el bien común por encima del pluralismo.
Ciudadanía diferenciada
 En este modelo, representado por autores como Iris Young y Carole Pateman, se defiende una idea de igualdad interpretada a partir de lo colectivo, no tanto de lo individual. Se sostiene que siempre hay un grupo mayoritario que ostenta una posición dominante, y que en ese dominio siempre se da un elemento de injusticia.
Ciudadanía multicultural
 Aunque tiene muchos puntos en común con el modelo anterior, se suelen considerar opciones distintas. Su autor más importante es Will Kymlicka, que defiende una propuesta de “pluralismo cultural”.

Ciudadanía postnacional
Jürgen Habermas es uno de los autores que más lúcidamente se ha dedicado a analizar la situación de la ciudadanía en nuestra contemporaneidad más inmediata. Para él, es necesario reconocer la realidad de unos estados postnacionales, que son, en suma, nuestros estados plurinacionales y también pluriétnicos.


BIBLIOGRAFÍA


- http://enclase.defensordelpueblo.es/ddhh/origen.html

-Revista de filosofía Fáctoru

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